La UGT-PV en las Instituciones
La Constitución Española reconoce el papel institucional de las organizaciones sindicales y empresariales configurándolas como uno de los pilares básicos de nuestro Estado social y democrático de derecho.
Su artículo 7 define a estas organizaciones como básicas dentro del sistema político, refiriéndose a su participación en la vida económica y social para la defensa y promoción de los intereses que les son propios. Asimismo, el artículo 129.1, dispone la necesidad de establecer formas de participación en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de vida o al bienestar general.
La UGT-PV, como sindicato más representativo en el ámbito de la Comunitat Valenciana, tiene atribuida la defensa y promoción de los intereses generales de los trabajadores y trabajadoras ante los poderes públicos. A través de la representatividad sindical y patronal, el ordenamiento jurídico hace posible que determinados sindicatos y asociaciones empresariales desarrollen actividades en representación de un colectivo genérico de trabajadores o empresarios, dando lugar a efectos que van a incidir en la esfera jurídica de éstos en un ámbito laboral determinado, aun no estando afiliados a la asociación representativa.
Las facultades otorgadas a las organizaciones sindicales por el artículo 7 de la Constitución Española, en las que abundan los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical, cuando habla del concepto y funciones reconocidas a los sindicatos más representativos, configuran las actuaciones que llevan a cabo estas organizaciones y que se recogen de manera muy clara en el artículo 1.2. de la Ley de Participación y Colaboración Institucional (Ley 7/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana).
Art. 1. 2. LPCI. Se entiende por participación institucional, a los efectos de esta ley, la representación e intervención de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas intersectoriales en el sector público de la Generalitat valenciana con competencias en materia laboral, social, económica e industrial, que afecten a los intereses económicos y sociales de los trabajadores y trabajadoras y del empresariado.
Son competencias en materia laboral, social, económica, industrial y fomento del desarrollo económico las relativas a trabajo, empleo, industria, crédito público, formación profesional, economía social, políticas de igualdad, emigración e inmigración vinculada a su integración social e inserción laboral, y, en general, cualquier otra materia con relevancia laboral, social o económica.
La participación institucional de las organizaciones sindicales también se fundamenta legítimamente en el Convenio 150 de la Organización Internacional de Trabajo y en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
El modelo de participación en la representación institucional de la Unión General de Trabajadores del País Valenciano, viene determinado actualmente por las resoluciones Confederales, teniendo su concreción en la Comunitat Valenciana en los mandatos del IX Congreso Nacional el 22 y 23 de abril de 2021. Debe señalarse como elemento central del modelo, el método de nombramiento de representantes, basado en cinco premisas:
- La Comisión Ejecutiva viene obligada a consultar y atender las propuestas de los organismos sindicales que tienen relación directa con el órgano de participación.
- Las personas a designar han de poseer los conocimientos suficientes sobre las actividades que se desarrollan en el órgano siendo, en general, electos pertenecientes a las distintas Comisiones Ejecutivas o, si así se precisa, personal técnico de la especialidad requerida.
- Es compromiso de la organización mantener la proporcionalidad para la designación de mujeres y hombres.
- Las personas representantes son designadas de forma estable, con la finalidad de conseguir su implicación en el órgano de participación.
- Los nombramientos se realizan mediante acuerdo adoptado en sesión de la Comisión Ejecutiva Nacional.
La UGT-PV participa institucionalmente en más de 305 organismos de ámbito estatal, autonómico, provincial, supramunicipal y municipal, con más de 595 representantes institucionales, entre titulares y suplentes en diferentes ámbitos: socioeconómico, relaciones laborales, ocupación, educación, formación profesional, salud, infraestructuras, movilidad, vivienda, medio ambiente, igualdad, política social, etc.
Relaciones Institucionales
C/ Arquitecto Mora, 7-6º
46010 Valencia
Tel. 677109378
- Detalles
- Categoría: La UGT-PV en las Instituciones
- Detalles
- Categoría: La UGT-PV en las Instituciones