22 de julio de 2008

La Generalitat se ahorra el pago de los atrasos de prestaciones por cuidados en el entorno familiar La UGT-PV denuncia que aquellas personas que han recibido una prestación económica por cuidados por un familiar dependiente en la Comunitat Valenciana no lo están haciendo de forma retroactiva, como recoge la ley, desde el día en que se entregó la solicitud de valoración de dependencia, sino que se les ha empezado a abonar la prestación económica desde la resolución de aprobación del Programa Individual de Atención (PIA), que en muchos casos se ha producido un año después de que lo solicitaron. La Conselleria de Bienestar Social, de esta forma, se ahorra varios meses de prestaciones, que por derecho corresponden a los cuidadores de los dependientes.

Esta situación en la Comunitat Valenciana es insólita e injusta para los dependientes y sus familias, mientras que en otras comunidades como Andalucía o Galicia los Gobiernos autonómicos sí que se pagan los atrasos con carácter retroactivo desde la fecha de la solicitud de dependencia y no desde la resolución del Programa Individual de Atención, como aquí. Desde la UGT-PV, consideramos que la Conselleria de Bienestar Social debería de pagar con efecto retroactivo desde la fecha de la solicitud tal y como establece la ley estatal, así como que se tenga en cuenta la necesidad y opinión de las personas en situación de dependencia a la hora de establecer los servicios y prestaciones correspondientes, primándose de cualquier modo la prestación de servicios públicos de calidad.

Además del pago de las ayudas de forma retroactiva desde la fecha de solicitud, la UGT-PV considera que se deben regular las prestaciones que faltan para que la aplicación de la Ley de Dependencia pueda ser efectiva y plena en la Comunitat (como la de asistente personal o el servicio de ayuda a domicilio), recogiendo todos los servicios y prestaciones que marca el Catalogo de Servicios. El sindicato insta también a la Conselleria a modificar la norma de incompatibilidad de las prestaciones, haciendo posible su compatibilidad en determinadas situaciones ya que la posibilidad de combinar unas con otras supone, especialmente para las personas grandes dependientes, que serán atendidas según sus necesidades reales.

La UGT-PV recuerda que la Ley reconoce el derecho de las personas con situación de dependencia, sobre todo las que esta valoradas como grandes dependientes, a ser atendidas a través de una red pública de servicios, por lo que las prestaciones económicas, y en concreto la de cuidados en el entorno familiar (que salvo en contadas excepciones realizan las hijas, esposas o nueras), debería ser de carácter excepcional y no como está sucediendo en estos momentos, que es la opción más ofrecida ya que en la Comunitat Valenciana no disponemos aún de una red adecuada de servicios también de carácter publico y de calidad.

Tampoco pueden ofrecer la prestación económica del asistente personal (es la persona que realiza las funciones de apoyo a las personas grandes dependientes como por ejemplo las interpretes de la lengua de signos a las que acompañan a las invidentes) porque en nuestra comunidad aún no está regulada. Esto conlleva que actualmente las personas en situación de dependencia solo puedan optar a recibir una prestación por cuidados en el entorno familiar, o para aquellos que ya se encontraban en una residencia o centro de día una prestación de servicios (eliminando así las ayudas de bono residencia y centro de día).

Por si esto fuera poco las ordenes aprobadas hasta el momento por la Generalitat contemplan la incompatibilidad entre prestaciones, es decir, que por ejemplo aquella persona que opte por cuidados en el entorno familiar no podrá optar a recibir ninguna prestación más. Esta incompatibilidad que viene regulada por el gobierno de la Comunidad Valenciana no se da en otras Comunidades Autónomas como por ejemplo Cataluña, donde una prestación de cuidados en el entorno familiar puede ser compatible con un servicio de ayuda a domicilio (para así servir de apoyo a las personas cuidadoras), o un servicio de centro de día que también sería compatible con un servicio de ayuda a domicilio.

Además, la UGT-PV reitera, como se ha hecho desde el primer día, que es necesario que se cumplan los plazos que marca la Ley para que los dependientes de la Comunitat reciban las ayudas ya que hablamos en muchas ocasiones de situaciones de extrema urgencia que no pueden esperar meses y años a ser atendidos, viéndose vulnerado su derecho.