La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestima el recurso interpuesto por Csi-F, USO CV, Intersindical Valenciana y el SI-CV. La sentencia confirma que el Reglamento que desarrolla la Ley de Participación es conforme a derecho y no conculca la Ley que desarrolla.
Este hecho ha sido recogido este 24 de mayo, en una sentencia dictada por el TSJ CV en la que desestima la demanda planteada contra la Generalidad Valenciana, Unión General de Trabajadores del País Valenciano, Confederación Sindical Comisiones Obreras del País Valenciano y Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana. La sentencia descarta que se produzca la vulneración de los principios de participación institucional en el desarrollo del Decreto 193/2015 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/2015, denominada Ley de Participación Institucional.
Y es que la Sala de los Contencioso Administrativo del TSJ CV ya dictaminó en su día que el reglamento que desarrolla la ley de participación instituicional en el ámbito de la Comunidad Valenciana, no atentaba contra los derechos de discriminación de los sindicatos minoritarios, que en este procedimiento, distonto al actual, también fueron los impugnantes.
Esta sentencia que se acaba de dictar, analiza la integridad del reglamento y determina que el artículo 7 y los apartados impugnados del mismo son ajustados a Derecho, ya que las actuaciones que se definen en tal disposición son las propias del ejercicio de la participación institucional.
Con esta sentencia se da la razón a los demandados y se determina la expresa imposición en costas a los demandantes: Central Sindical Independiente y de Funcionarios (Csi-F), Unión Sindical Obrera (USO CV), intersindical valenciana) y Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana (SI-CV).